III. DISPOSITIVA
Con fundamento a las precedentes consideraciones, este Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: CON LUGAR la demanda de EXTINCIÓN DE HIPOTECA intentada por el Ciudadano ALI ABBOUDI EL HAJ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.E-.84.334.272, de este domicilio, a través de sus apoderadas Judiciales Abogadas en Ejercicio MIRABE GIOCONDA ALAMBARRIO ACEVEDO y YHOANA ISABEL LA RIVA CASTELLANOS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 227.105 y 228.093 en contra de la ciudadana BLANCA CASTRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-360.865, de este domicilio, SEGUNDO: PRESCRITA LA OBLIGACIÓN del ciudadano ALÍ ABBOUDI EL HAJ, mayor de edad, titular de la cédula de identida.....