Asimismo, pudo constatar este Juzgador que no consta en autos la práctica de la boleta de citación a la parte demandada; Es por ello que en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, la economía procesal, como principios consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes que conforman nuestro ordenamiento jurídico, por lo cual éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA DE CONFORMIDAD CON EL PEDIMENTO solicitado por el representante del Estado Carabobo, parte querellada, y procede a actualizar la boleta de citación dirigida a la Sociedad de Comercio INVERSIONES TENEGUIA, C.A., y/o su apoderado judicial en los mismos términos establecidos en el auto de fecha tres (03) de agosto de 2017. Y Así se decide.-