REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
Valencia, 28 de mayo de 2025
Años: 215° y 166º
Vista la diligencia de fecha 22 de mayo de 2025, realizada por el ciudadano JOAB BAPTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.329.237, actuando en su carácter de representante judicial del Estado Carabobo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 200.331, en la cual solicita a éste Tribunal: “(…omissis…) actualizar las boletas de citación personal contra la parte demandada (…omissis…).
En revisión exhaustiva se constata que en fecha tres (03) de agosto de 2017, mediante sentencia interlocutoria se admitió la presente demanda de contenido patrimonial, interpuesto por el Estado Carabobo, en contra de la empresa INVERSIONES TENEGUIA, C.A., y SEGUROS CORPORATIVOS, C.A., librándose las respectivas boletas de notificación. De igual forma, mediante sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva de fecha 27 de enero de 2020, este Juzgado Superior declaró Homologada la transacción judicial realizada por el Estado Carabobo y la Sociedad Mercantil SEGUROS CORPORATIVOS, C.A; por lo que vislumbra este tribunal que la presente causa continúa su curso legal en lo que respecta a la Sociedad de Comercio INVERSIONES TENEGUIA, C.A.
Asimismo, pudo constatar este Juzgador que no consta en autos la práctica de la boleta de citación a la parte demandada; Es por ello que en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, la economía procesal, como principios consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes que conforman nuestro ordenamiento jurídico, por lo cual éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA DE CONFORMIDAD CON EL PEDIMENTO solicitado por el representante del Estado Carabobo, parte querellada, y procede a actualizar la boleta de citación dirigida a la Sociedad de Comercio INVERSIONES TENEGUIA, C.A., y/o su apoderado judicial en los mismos términos establecidos en el auto de fecha tres (03) de agosto de 2017. Y Así se decide.-

El Juez Superior,

DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ

La Secretaria,

ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA

Exp. No 16.336. En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y se libró boleta de notificación.
La Secretaria,

ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P

CABA/LPBP/EH