En consecuencia y por cuanto la obviedad del error enunciado ameritó la tramitación del presente juicio de Rectificación del Acta de Nacimiento de su hijo, por el procedimiento ORDINARIO y por no existir interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, éste Juzgado Primero de Primera Instancia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud y ordena, a los ciudadanos Jefe de la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, Ciudad, y Registrador Principal del Estado Carabobo, Valencia, estampar la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de su hijo, donde se Rectifica los apellidos de la ciudadana MARIA JULIA CARDOSO DOS SANTOS COELHO, de la siguiente manera: "MARIA JULIA DOS SANTOS COEHLO" al de "MARIA JULIA CARDOSO DOS SANTOS COELHO", previamente determinada, así:
"...por ante este Despacho se presentó la ciuda.....