DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado MIREYA CENTENO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.834, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora,
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana NELLY DURAN, titular de la cédula de identidad Nº 7.117.677, contra la empresa CENTRO TERMAL LAS TRINCHERAS, C.A. y se le condena a cancelar a la actora la cantidad de Bs. UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 95/100 (Bs. 1.158.679,95).