Por todas las consideraciones anteriores este Juzgado del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA interpuesta por EDILIO JOSE SALCEDO SEQUERA, contra, IVON MARIELA CAMARAN, ambos plenamente identificados al comienzo de este fallo.
Como quiera que la presente decisión, se dicta fuera de los lapsos de Ley, conforme lo previsto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la NOTIFICACION de las partes, sin la cual, no comenzarán a computarse los lapsos para la interposición de los recursos a los que hubiere lugar.
Publíquese, regístrese y Déjese copia certificada de la presente Decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bejuma de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veinti.....