se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION ALIMENTARIA. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano JOSE GREGORIO LEON PIÑERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.954.314,, domiciliado en: Barrio Guamacho Norte, Calle Sublette, Casa Nº 17, Mariara Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos la Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 8:00 a.m. a 1:30 p.m., ubicado en: Barrio El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, Mariara, Estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del .....