JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 26 de Mayo de 2010
200º Y 151°
Por recibido el anterior escrito, contentivo de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, junto con sus anexos, suscrito por el ciudadano: JULIO J. LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº V-15.102.875, en beneficio del niño BEIKER JOSE LEÓN MARIN. Désele entrada, sígnesele número, fórmese expediente y anótese en los libros respectivos. SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho el presente procedimiento por OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR a la ciudadana YARIS M. MARÍN titular de la Cedula de Identidad N° 16.849.498, domiciliada en la siguiente dirección: Calle Fermín Toro, casa N° 11-1, Barrio La Democracia, Mariara, Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que co.....