Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella funcionarial, incoada por los abogados en ejercicios Edgar José Dávila Yánez y Mary Isabel Santiago González inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 174.683 y 177.447 respectivamente, apoderados judiciales del ciudadano EVELIO SIMEÓN SÁNCHEZ TOVAR, titular de la cédula de identidad Nº V-20.818.849, contra el Acto Administrativo contenido en la PROVIDENCIA Nº 017/2016, de fecha 30 de marzo de 2016, dictado por el Director del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo, mediante el cual resolvió la Destitución del cargo como OFICIAL. En consecuencia:
1. PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA del Acto Administrativo contenido en la PROVIDENCIA Nº 017/2016, de fecha 30 de marzo de 2016, dictado por el Director del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo, mediante el cual.....