Inmediatamente, la Juez en forma oral declara: En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede constitucional declara SIN LUGAR el RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto de los ciudadanos JAIRO JOSE MONTES DE OCA PARRA, WLADIMIR ANTONIO CHUELLO MIRANDA, JORGE RAMON SALAZAR PAYARES y MARIA VIRGINIA DAVILA ABREU, titulares de las cedulas de identidad Nº 15.190.498, 11.749.323, 8.352.689 y 14.392.791, respectivamente, en contra de la empresa INVERSIONES GRAN CAFÉ 007, C.A.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción y por no haber prueba ninguna de temeridad.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, ANOTESE. Dictada en el despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Veinticinco (25) de JULIO del año dos mil seis (2006), a las 5.p.m
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