Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de SECUESTRO solicitada por el ciudadano BENIGNO BLANCO INCONGNITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.188.797, actuando en su carácter de presidente de la SOCIEDAD DE COMERCIO DISTRIBUIDORA ATLANTY,C.A, empresa debidamente inscrita por ante la Oficina de Registro Segundo Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha Veintitrés (23) de diciembre de 1.975, bajo el N° 50, Tomo 16-C, y modificada por Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionista, celebrada el veinte (20) de septiembre del año 2.018, registrada ante esa misma Oficina de Registro, en fecha 04 de diciembre del 2.018, bajo el N° 62. Tomo 228-A, asistido por el aboga.....