Se dictó auto de apertura a juicio en la causa seguida a los imputados FRANCO ANTONIO BARRETO ROMERO Y FRANCISCO ANTONIO BARRETO, en audiencia preliminar donde se admitió la acusación interpuesta por la Fiscalía 10° del Ministerio Público por la comisión de los delitos de COMPLICIDAD Y COOPERACIÓN INMEDIATA EN LOS DELITOS DE HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO. Se declaró sin lugar la solicitud de sobreseimiento interpuesta por la defensa. Se admitieron las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público y la defensa, tanto testimoniales como documentales y evidencias materiales. Se decretó la apertura al juicio oral y público, ordenando mantener la medida cautelar sustitutiva de libertad en contra de los mismos y remitir la causa en su debida oportunidad al tribunal de juicio competente, quedando notificadas las partes de la presente decisión.