DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL que corresponda por ser su distribución aleatoria para conocer de la presente causa.
Se ordena la remisión del expediente, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, para su redistribución a los fines de que la controversia pueda resolverse acogiéndose al derecho de retasa.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Veinticuatro (24) días del mes de Febrero del Año 2006. Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.