En horas de Despacho del día de hoy, Lunes (24) de Enero del año dos mil cinco (2005), siendo las Once (11:00) de la mañana; compareció voluntariamente por ante este Despacho la ciudadana: SULYMAR JOSEFINA CONTRERAS SUMOZA, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.567.625, actuando en su carácter de madre y representante de los niños Omite, en el procedimiento que por obligación alimentaria cursa por ante este Despacho, expediente No. 516-04, y expone: ¿En virtud de que tengo conocimiento de que el ciudadano: SAMUEL GONZALEZ GONZALEZ, padre de mis menores hijos: Omite, renunció a la Empresa donde laboraba denominada LÁMPARAS Y MUEBLES MARIARA, por lo tanto le solicito al ciudadano Juez, que oficie a la Empresa LÁMPARAS Y MUEBLES MARIARA, para que le haga la retención del CINCUENTA POR CIENTO 50% de las Prestaciones Sociales, que le corresponden al mencionado ciudadano, resguardando los intereses de mis hijos¿. Es todo conformes firman.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA COMPARECIENTE,.....