DISPOSITIVA
En razón de todas las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme al artículo 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud por RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO y ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana MARLENE AUXILIADORA DILASCIO FLORES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.410.541, debidamente asistido por el abogado en ejercicio EDGARDO PAEZ SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 83.535.
SEGUNDO: RECTIFICAR EL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano JOSE ANTONIO DILASCIO LOPEZ quien en vida era Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.135.080, que se encuentra insert.....