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Decisiones del dia 21/09/2005 |
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N° Expediente :
10454
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/09/2005 |
Procedimiento: Reivindicación |
Partes: CARLOTA ARIZA SARQUIS VS. INVERSIONES NG & CHAN, C.A. Y LOS CIUDADANOS CARLOS ENRIQUE NG CHAN Y ARTURO JOSE NG CHAN |
Resumen:
En el caso bajo análisis, el vencimiento del lapso originario para dictar el fallo fue en fecha 01 de septiembre de 2003, es decir, antes de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se deberá aplicar al caso la cuantía establecida por el Decreto N° 1.029 de fecha 22 de enero de 1996 emanado del Ejecutivo Nacional, el cual se encontraba vigente para la fecha en que venció el lapso para dictar la sentencia recurrida, y según el cual el interés principal del asunto debía exceder de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00) para el anuncio del recurso de casación, evidenciándose de las actas procesales que la presente demanda fue estimada en la suma de bolívares catorce millones (Bs.14.000.000,00), cantidad mayor a la establecida en dicho decreto, circunstancias éstas que motivan se declare ADMITIDO el recurso intentado, y ASI SE ESTABLECE
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Juez/Ponente:
Miguel Angel Martin Tortabu
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
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N° Expediente :
6029
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N° Sentencia :
1
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Fecha: 21/09/2005 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: DTE. MARTA ELVIRA VISO DE SAER. APODERADO JUDICIAL. ENRIQUE SAER VISO. DDO. GERARDO MARTINEZ COLLAZO |
Resumen:
Por todas las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Desalojo, intentada por el Abogado ENRIQUE SAER VISO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 106.220, actuando como apoderado judicial de la ciudadana MARTA ELVIRA VISO de SAER, ya identificada en autos, contra el ciudadano GERARDO MARTINEZ COLLAZO, igualmente identificado.
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Juez/Ponente:
Zolanda Eladia Acevedo de Garcia
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Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
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N° Expediente :
8983
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/09/2005 |
Procedimiento: Daños Materiales |
Partes: TRANSPORTE CABOTAJE COMPAÑÍA ANONIMA Y TRANSPORTE TRANSIDECA COMPAÑÍA ANONIMA VS. INDUSTRIAS METALURGICAS NACIONALES, C.A. |
Resumen:
En el caso bajo análisis, el vencimiento del lapso originario para dictar el fallo fue en fecha 19 de marzo de 2001, es decir, antes de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se deberá aplicar al caso la cuantía establecida por el Decreto N° 1.029 de fecha 22 de enero de 1996 emanado del Ejecutivo Nacional, el cual se encontraba vigente para la fecha en que venció el lapso para dictar la sentencia recurrida, y según el cual el interés principal del asunto debía exceder de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00) para el anuncio del recurso de casación, evidenciándose de las actas procesales que la presente demanda fue estimada en la suma de bolívares ocho millones (Bs.8.000.000,00), cantidad mayor a la establecida en dicho decreto, circunstancias éstas que motivan se declare ADMITIDO el recurso intentado, y ASI SE ESTABLECE
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Juez/Ponente:
Miguel Angel Martin Tortabu
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
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N° Expediente :
9754
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N° Sentencia :
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Fecha: 21/09/2005 |
Procedimiento: Daños Y Perjuicios |
Partes: EMIL GILDIN OLSON NELO VS. JUAN JESÚS PADRÓN TAÑO |
Resumen:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte actora en contra de los autos dictados el 19 de marzo de 2002, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, y en consecuencia SE CONFIRMAN las decisiones recurridas; SEGUNDO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte demandada contra el auto de fecha 19 de marzo de 2002 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, y en consecuencia se declara la INADMISIBLIDAD de la prueba promovida por la parte actora en el capítulo III de su escrito de promoción de pruebas; TERCERO: SE REVOCA la admisión de la prueba de experticia promovida por la parte actora en el capítulo III de su escrito de promoción de pruebas.
Se condena en cost.....
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Juez/Ponente:
Miguel Angel Martin Tortabu
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
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