DECISIÒN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE AL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, para conocer de la demanda por Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales, incoada por los abogados LUIS FELIPE OJEDA Y GILBERTO UTRERA, contra el ciudadano ADILBERTO ANTONIO CASTILLO CASTILLO.
Se ordena la remisión del expediente, al Tribunal A, quo a los fines de que continúe conociendo de la litis planteada.
No se condena en costas dada la naturaleza del asunto.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Veintiún (.....