se acuerda abrir la articulación probatoria de ocho (08) días de despacho contados a partir del día de despacho siguiente a la presente fecha, de conformidad con la sentencia y el artículo antes indicado, y a los fines de garantizar el principio de celeridad procesal, proteger el interés superior, que representa un principio fundamental en el derecho, el cual consiste en evitar dilaciones innecesarias en todas las acciones de la justicia, establecido en los artículos 141 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 26 ejusdem, que nos garantiza una tutela judicial efectiva y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución, relacionado con las funciones de la Administración Pública, que está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas, se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, se hace la salvedad, que .....