Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. RATIFICA el Amparo Cautelar, dictado por este Juzgado Superior, en fecha 20 de Septiembre de 2016, mediante el cual declaró: PRIMERO: PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por el ciudadano HECTOR DE JESUS MORANTE UMBRIA, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.425.502, debidamente asistido por el abogado HECTOR MORANTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 53.014, contra el Decano de la Facultad de Medicina de la Universidad de Carabobo quien también posee la condición de Coordinador de la Comisión Sectorial de Ingreso de la Facultad de Medicina de la Universidad de Carabobo, por presuntas actuaciones materiales que lesionan la esfera de derechos del accionante. En consecuencia: SEGUNDO: SE.....