DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda impartir su HOMOLOGACION a fin de que tenga fuerza de COSA JUZGADA el Desistimiento de fecha 06-07-2011 realizado por el abogado JAIME CABRERA LEAL, titular de la cedula de identidad Nº V-7.171.665 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 40.014 y de este domicilio en su carácter de Abogado Asistente de la ciudadana NINOSKA PONS DE RINCONES, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, jurídicamente capaz, casada, titular de la identidad Nº V-2.987.034, y de este domicilio, quien a su vez actúa debidamente autorizada por su legitima hermana la ciudadana YLONKA PONS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-634.572, parte solicitante mediante la cual desiste de la presente solicitud, t.....