DECISIÓN
En consecuencia, el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Admite en su totalidad la acusación presentada por la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público contra del ciudadano: ciudadano: WILLI ANTONIO GOMEZ GOMEZ, Nacido en Valencia Estado Carabobo, 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.746.372, soltero, profesión u oficio Cabillero, hijo Seledonia Margarita Gómez y Lucas Antonio Gómez, con domicilio en el sector Las palmitas, Sector 12, calle con rosario, vereda 31, casa 125 Valencia Edo Carabobo. Segundo: Se admiten todas y cada una de las pruebas presentada por el Ministerio Público en su escrito acusatorio, por ser las mismas útiles, legales y pertinentes. Tercero: Se DECLARA CON LUGAR la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de UN (.....