En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara su INCOMPETENCIA para decidir la presente apelación, en uno de los Tribunales Superiores en lo Civil, Mercantil, Bancario, Transito, y de Protección al Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Remítase en su oportunidad el presente expediente al Superior Distribución competente.
Publíquese, déjese copia y remítase en su oportunidad.
La Juez Provisorio,
Abog. OMAIRA ESCALONA,
La Secretaria,
Abog. CARMEN MARTÍNEZ,
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 9:25 de la mañana.-
La Secretaria,
22.308
Aurelia.