Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda impartir su HOMOLOGACION a fin de que tenga fuerza de COSA JUZGADA la TRANSACCION de fecha 13-01-2010 realizada por el ciudadano CRISTOBAL ALBERTO RENGIFO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 3.603.921, asistido por la Abogada YETSANA ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.969, en su condición de parte demandada y la ciudadana JAHAIRA PEREZ OVIEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.159.584, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.304, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano TOMMASO GABRIELE CAPUZZI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.164.156, en su condición de parte actora, todos de este mismo domicilio, en el juicio por RES.....