Se CONFIRMA la Sentencia proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en fecha 28 de Noviembre de 2008; en consecuencia declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ROBERTO EMILIO BELISARIO GUANIPA, debidamente asistido de Abogado, parte demandada en la presente causa, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de ésta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 28 de Noviembre de 2008. Se declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, incoada por la ciudadana NELLY ZORAIDA MORALES debidamente asistida por el Abogado DAVID E. LUCENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19043, contra el ciudadano ROBERTO EMILIO BELISARIO GUANIPA, en consecuencia, condena al demandado a Desalojar.....