DECRETA: Suficientes y bastantes las probanzas evacuadas para asegurarle a el ciudadano JOSE NOE DUEÑES VALBUENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.951.829, de éste domicilio, la posesión y demás derechos sobre unas bienhechurías consistentes en una casa de habitación familiar, ubicada en N° 20-A, Sector El Guarataro, Parroquia tacarigua, Municipio Carlos Arvelo, Estado Carabobo; la cual posee un área de CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (152,97, M2), y están construidas sobre un área de terreno perteneciente al INTI de DOSCIENTOS UN METROS CUADRADOS CON CATORCE DECÍMETROS CUADRADOS (201,14, m2); alinderado de la manera que se indica: NORTE: Casa que es o fue de la familia Yepez en (14,16); SUR: Calle El Estadium (que es su frente) en (3,16+10,73); ESTE: Casa que es o fue de la familia Bolívar en (11,37), y OESTE: Pasaje el Estadium en (7,19+2,23). En consecuencia, y conforme se pide, se declara TÍTULO SUP.....