En consecuencia esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por la Abogada SABRINA DEL CARMEN CORTEZ CARRIZALEZ, en su condición de Defensora Publica Tercera en materia sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Carabobo; contra la decisión dictada en fecha 24 de Junio de 2015, publicada el 29 de Junio del mismo año por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado con el Nº GP01-S-2015-003296,mediante el cual decreto MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano FREDDY RAMON RUIZ OLIVERO, asunto que se le sigue por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACION CONTINUADO previsto y sanciona.....