CON LUGAR la presente demanda con motivo de Cobro de Bolívares vía Intimatoria, intentada por la abogada Ingrid Méndez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 121.533, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Inversiones SUBCERCA, C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, bajo el No. 27, Tomo 27-A, en fecha 17 de abril del año 2000, en contra de la sociedad mercantil PANADERÍA Y PASTELERÍA MICHELLE PAN, C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, en fecha 21 de septiembre de 2010, bajo el No. 6, Tomo 77-A.
Se condena a la parte intimada pagar a la parte demandante, la cantidad de cuatro mil setecientos sesenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América con noventa y tres centavos (USD. 4.769,93), por concepto del monto total de la deuda.
Se condena a la parte intimada pagar a la parte demandante, la cantidad de ciento noventa dólares de los E.....