DECISIÓN
En consecuencia, el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Admite en su totalidad las acusaciones presentada por la Fiscalía Trigésima del Ministerio Público contra del ciudadano: ASBEL DAVID CANQUIZ VILLAFAÑE, venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 10/01/1980, titular de la cédula de identidad N° 14.303.520, de profesión u oficio comerciante, grado de instrucción segundo año de Bachillerato, residenciado en la Urbanización Nueva Valencia, calle Sucre, casa No. 2100, Municipio Libertador, Estado Carabobo, en perjuicio de de la ciudadana Daniela Anahis Canquiz Villefañe. Segundo: Se admiten todas y cada una de las pruebas presentada por el Ministerio Público en su escrito acusatorio y explanadas en la audiencia, por ser las mismas ú.....