Cumplidos todos los extremos de Ley, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Declara: CON LUGAR el DIVORCIO, fundamentada en la Sentencia 1070, de fecha 09 de diciembre del año 2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de los ciudadanos:YRLEM CARLIMAR PÉREZ VILLEGAS y LUIS RICARDO TRIAS PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de IdentidadN° V-19.199.107 N° V-20.315.048, respectivamente y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía entre sí, según acta de matrimonio insertada en los libros de matrimonio llevados por la Oficina del Registro Civil, de la Parroquia San José, del Municipio Valencia, del Estado Carabobo, según acta de matrimonio inserta en ese despacho bajo el N° 16, tomo I, del año 2020.
Particípese a la Oficina de Registro Civil respectiva así como al Registro Principal del Estado Carabobo, una vez quede firme la sentenci.....