este Tribunal Primero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO; la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, formulada por los ciudadanos: JONAS DAVID LARREAL PEREZ y JENNY ELISABET ASCANIO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.226.636 y V-20.664.164, respectivamente, asistidos por el abogado CARLOS ARANA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 142.114 todos de este domicilio y en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y contraído en fecha 28 de Febrero del año 2.013, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Juan José Mora, Parroquias Morón y Urama, Estado Carabobo, tal como se evidencia de copia certificada de Acta de Matrimonio No. 6,029, Año 2013, que corre inserta.....