este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Oposición realizada por la parte Actora, a las pruebas presentadas por la ciudadana MARÍA ELENA RODRÍGUEZ GALLARDO, a través de su Apoderado Judicial; y PARCIALMENTE CON LUGAR, la Oposición realizada por la parte Actora, a las pruebas presentadas por la ciudadana ROSA THAIS RODRÍGUEZ GALLARDO,todos identificados en autos. Y ASÍ SE DECIDE.