En razón de todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos YRGIANIS YOISIMAR FLORES RIERA y RAFAEL ALEXANDRE PACHECO MARTINEZ, anteriormente identificados, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los mismos contrajeron en fecha veintidós (22) de Noviembre del año dos mil dos (2.002), por ante la Prefectura de la Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, según acta N° 127, de la referida fecha.