En el presente caso se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos en el Código
Civil y en la sentencia con carácter vinculante N° 693 de fecha 02 de Junio de 2015, de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, aunado al hecho que notificado el Ministerio
Público, la Representación Fiscal, nada objetó para la tramitación definitiva de la presente solicitud,
en consecuencia, este el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los de
los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio, formulada por
ciudadanos ANDRÈS ANTONIO SOTO OCHOA y MIYELI KATHERINE JOHANA HENRIQUEZ
NIEVES y disuelto el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 12 de Diciembre de 2014,
fecha en la que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Reg.....