En el presente caso se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos en el Código 
Civil y en la sentencia con carácter vinculante N° 693 de fecha 02 de Junio de 2015, de la Sala 
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, aunado al hecho que notificado el Ministerio 
Público, la Representación Fiscal, nada objetó para la tramitación definitiva de la presente solicitud, 
en consecuencia, este el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los de 
los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado 
Carabobo Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por 
Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio, formulada por 
ciudadanos ANDRÈS ANTONIO SOTO OCHOA y MIYELI KATHERINE JOHANA HENRIQUEZ 
NIEVES y disuelto el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 12 de Diciembre de 2014, 
fecha en la que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Reg.....