Este Juzgado Superior Cuarto Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 89 numeral 2º, 257 y 258, en su parte in fine, de la CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA; los Artículos 2, 5, 6 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo; los Artículos 3, Parágrafo Único y 10 de la Ley Orgánica del Trabajo y los Artículos 10 y 11 de su Reglamento, da por concluido el presente proceso y no habiendo vulneración de derechos irrenunciables al trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de orden publico, HOMOLOGA el presente acuerdo de la Partes, tal como lo han establecido en la presente Acta, en consecuencia se HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO TRANSACCIONAL, DÁNDOLE AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Una vez que conste en autos el cumplimento total de lo aquí señalado, se ordena el archivo definitivo del p.....