INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta, por ROSA ROCHA GAGO, debidamente asistida por el abogado ÁNGEL MARIA FERNÁNDEZ RUMBOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.011; contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA SALUD EN GOTAS R.L., por haber cesado la violación a los derechos constitucionales de la quejosa, y haber consignado en el expediente, todos y cada uno de los instrumentos cuya falta de entrega denunció como violatoria de sus derechos constitucionales, cuyos instrumentos quedan a disposición de la demandante, previa la consignación de los fotostátos correspondientes.