DE LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL
Examinado como fue el escrito presentado en fecha 02-08-2011, por la ciudadana LETICIA HERNANDEZ, abogada asistente de la ciudadana YUNY MARIELA LOZADA OROPEZA, se evidencia que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 84 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por tanto, de conformidad con lo estipulado en el artículo 86 de la referida Ley especial se procede a pronunciarse, así como lo previsto en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal SE ADMITE LA QUERELLA interpuesta por la ciudadana YUNYMARIELA LOZADA OROPEZA, Titular de la Cédula de Identidad No 13.962.101, domiciliada en LA URBANIZACIÓN El Samán, Sector 3, Calle 6, No 27, Municipio Guacara- edo. Carabobo, en contra del ciudadano LUIS RAFAEL MILLAN FERNANDEZ, Querellado, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA, tipos penales descritos en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho d.....