declara la CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges RUTH ALEJANDRA NATERA ORTIZ y FREDDY ENRIQUE PADRON ACOSTA, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía, desde el día 31 de Julio de 2003, fecha en que contrajeron matrimonio civil, por ante la Jefatura Civil del Municipio San Diego, del Estado Carabobo. Acta Nro. 209, Tomo I, Año 2.003.