PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el abogado ANDRÉS ELOY HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.685, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LIGIA SALDARRIAGA DE ARVELO, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO contra la sociedad de comercio AUTO CLUB CARABOBO C.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada AUTO CLUB CARABOBO C.A. al pago de la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 59.400.000,00), o lo que es lo mismo CINCUENTA Y NEUVE MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 59.400,00), por concepto de indemnización de "daños propios ocasionados al vehículo".