En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador,
Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud intentada por la ciudadana ONEIDA NAVA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.506.628, asistida por el Abogado ALEJANDRO ZULOAGA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.006.