Este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de Matrimonio y ordena al Jefe de la Oficina de Registro Civil del Municipio los Guayos y al ciudadano Registrador Principal de esta Circunscripción Judicial, INSERTAR la presente sentencia en los Libros de Registro respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de Matrimonio de la ciudadana "ISABEL MARIA CESAR DE FLORES", a fin de que quede asentado correctamente el nombre del esposo de la ciudadana antes mencionada, es decir, "MAXIMO FLORES", Expídanse por Secretaría las copias certificadas a que haya menester con el.....