Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la Apelación, formulada por el abogado NESTOR MAZON, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio de ésta Circunscripción Judicial.
CON LUGAR, la acción interpuesta por la Ciudadana JEANNET BREÑA, contra la sociedad de comercio COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO ( C.A.D.A.F.E)
Queda en éstos términos MODIFICADA, la sentencia de la recurrida.
Se acuerda la corrección monetaria de la suma debida, desde la admisión de la demanda hasta la ejecución del fallo, a cuyos efectos se ordena la experticia complementaria del fallo, mediante un sólo experto nombrado de común acuerdo por las partes y a falta de acuerdo de las mismas, por el Tribunal de Sustanciación, Ejecución y Mediación que le correspon.....