Decisiones del dia 09/10/2009
N° Expediente :
3130
N° Sentencia :
99
Fecha: 09/10/2009
Procedimiento: Desalojo
Partes: RAFAEL ALI RODRIGUEZ/GUISEPE FRANCO FASCIO
Resumen:
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega la Medida de Embargo Preventivo solicitada por el ciudadano RAFAEL ALI RODRIGUEZ, debidamente asistido por el abogado JOSE ELIAS FEO, contra el ciudadano GUISEPE FRANCO FASCIO, todos ya identificados, en el juicio seguido por DESALOJO.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los Nueve (09) días del Mes de Octubre de 2009, siendo la 02:30 de la tarde. Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Publíquese, Diaricese, regístrese y anótese en los libros respectivos. Déjese copia en el copiador de sentencias.
La Jueza Temporal,
Abg. ODALIS MARIA PARADA MARQUEZ.
La Secretaria Titular,
.....
Juez/Ponente:
Odalis María Parada Marquez
Organo:
Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello
N° Expediente :
7345
N° Sentencia :
Fecha: 09/10/2009
Procedimiento: Desalojo
Partes: DEMANDANTE: GIANCARLOS ROSSODIVITA VENTURA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 14.752.054, MEDIANTE SUS APODERADOS JUDICIALES, ANDRÉS ROMERO RODRÍGUEZ Y YORAXI MONTENEGRO MORALES, ABOGADOS EN EJERCICIO, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS Nº (S) 62.043 Y 102.573, RESPECTIVAMENTEDEMANDADA: MARILENA ASENCIÓN ROMERO DE HERNÁNDEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-4.150.845 Y DE ESTE DOMICILIO
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la cuestión previa opuesta de conformidad con lo establecido en el ordinal 2º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. Se le concede a la parte actora un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a que quede firme la presente decisión para que subsane o no el defecto de forma invocado de conformidad con lo establecido en los artículos 350, 354 y 886 del Código de Procedimiento Civil, y de producirse el primero de los casos el tribunal determinará la validez de dicho acto, a los fines de poder entrar a pronunciarse sobre el fondo de la controversia.
Por haber resultado totalmente vencida se condena al pago de las costas p.....
Juez/Ponente:
Marinel Meneses González
Organo:
Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego