esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la republica bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Luís Padro, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Joel Omar Rodríguez, contra la decisión dictada en fecha 22 de Septiembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado con el número GP01-P-2014-008972, mediante el cual mantuvo la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra el referido ciudadano, por el delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, con la agravante del numeral 9 del articulo 163 ejusdem.
SEGUNDO: Re.....