En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito, y Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta el 12 de mayo del año 2004, por el abogado FRANCISCO HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la accionante, HUNTSMAN CORPORATIÓN, C.A., contra el auto dictado el 05 de mayo del 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que inadmitió la prueba de informes promovida por la parte actora.-
Queda así CONFIRMADO el auto objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281, del Código de Procedimiento Civil.