UZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, ejercido por el abogado GABRIELA SALAS AREVALO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 107.997, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora- recurrente, contra la decisión dictada por el Juzgado octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, en fecha 10 de enero de 2012, en el juicio por cobro de prestaciones sociales, seguido por el ciudadano: JORGE LUIS BAEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.463.704 contra "SPEED TRANS C.A.", de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.