Decisiones del dia 07/10/2005
N° Expediente :
GV01-D-2001-40(3C-1241-01)
N° Sentencia :
Fecha: 07/10/2005
Procedimiento: Sobreseimiento Provisional
Partes: FISCALIA 23° DEL ESTADO CARABOBO. VICTIMAS:DARWIN SEGUNDO SOTO GONZALEZ, IRAOLA DE HIDALGO MAGYORI ISABEL, CARMEN CECILIA CORREA CRUZ Y OSCAR EDUARDO AGUILAR MANOSALVA. IMPUTADO:(IDENTIDAD OMITIDA)
Resumen:
Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el Articulo 561; Literal “e” de la mencionada ley especial, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA seguida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA); en la investigación efectuada en su contra por la presunta comisión del delito de de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código penal; en perjuicio de los ciudadanos DARWIN SEGUNDO SOTO GONZALEZ, IRAOLA DE HIDALGO MAGYORI ISABEL, CARMEN CECILIA CORREA CRUZ y OSCAR EDUARDO AGUILAR MANOSALVA. Remítase a la fiscalía del Ministerio Público el original de las actas relativas a las diligencias de la investigación practicadas por dicho organismo; a tal fin se ordena que por secretaria se efectué el desglose correspondiente, se agreguen las copias fotostáticas certificadas respectivas, y se efectué la correspondiente corrección de la foliatura, en caso de ser necesario. Notifíq.....
Juez/Ponente:
Pedro Moreno
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
N° Expediente :
2005-7350
N° Sentencia :
Fecha: 07/10/2005
Procedimiento: Cuestiones Previas
Partes: ABOGADOS CARLOS ANTONIO ASCANIO Y ROGELIO EN-RIQUE ALVAREZ GALLANGO / JUAN JOSE MARIN BASTARDO
Resumen:
Observa esta Juzgadora en lo expresado por el actor, que no indicó el da-ño o los daños, así como sus causas. Siendo necesario señalar que se trata de daños que hacen procedente la responsabilidad civil especificando la relación de causalidad, siendo está imprescindible para la determinación de la extensión del daño causado y los alcances y limites de la obligación de reparar, logrando con ello la igualdad procesal entre las partes, para que el demandado pueda en el momento de dar contestación de la demanda, apreciar la indemnización que se le reclama, dándole a conocer detenidamente cada daño sufrido y todos y cada uno de los perjuicios, incluyendo expresamente el monto de los mismos cuando se trata de daños materiales. En tal sentido, no habiendo la parte actora señalado la especificación de los daños y perjuicios y sus causas, es procedente el defecto de forma alegado por el demandado por no reunir los requisitos del ordinal 7º del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, y .....
Juez/Ponente:
Claudia Olavarria
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo