Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de amparo constitucional incoada por los ciudadanos MARCOS EVANGELISTA SIMANCAS DELGADO, JAIRO ENRIQUE FERIA COLOMBO Y SANTAS JOSÉ GUITE PADRÓN, quienes son venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas N° 11.523.603, 11.352.834 y 10.991.539, en su orden, asistidos por los abogados Mario Rodríguez Martínez y Yelytza Parada Aguirre, inscritos en el IPSA bajo el N° 86.091 y 86.423, en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE DE VALORES VISETECA, C.A.