esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: ADMITIR el presente recurso de apelación interpuesto por la Abogada CARMEN YASMIN ORTIZ PEREZ en su condición de Defensora Privada inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 207.371, contra la decisión dictada el 26 de Julio de 2016, publicado su texto íntegro el 18 de Agosto de 2016, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado con el Nº GP01-P-2016-014332, mediante el cual decreto MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano EDUARDO GABRIEL PONTE PEREZ, asunto que se le sigue por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artic.....