En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito y, Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley CONFIRMA la sentencia definitiva dictada el 20 de septiembre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que declaró la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano ANDRES ALBERTO BARRIOS ZERPA, a quien se le designó como TUTOR a la ciudadana ELVIRA DE LA PAZ BARRIOS ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V-3.577.858.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 414 del Código Civil, la ciudadana ELVIRA DE LA PAZ BARRIOS ZERPA, en su carácter de Tutor, deberá proceder a registrar copia de la presente sentencia en la Oficina Subalterna de Registro respectivo.
Queda así CONFIRMADA la sentencia sometida a consulta.....