DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela asumida la competencia Constitucional, declara: PROCENDENTE, la acción de amparo constitucional, interpuesta por la niña: Omite., representada por su padre: JORGE LUIS ALVAREZ TORREZ, asistido por el abogado; JORGE GARCIA ZAMORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 85.686, en contra de la ciudadana: JEISER ASDELIN ALVAREZ PARRA, y así se decide. En c consecuencia, se ordena la RESTITUCION DE LA SITUACION JURIDICA INFRINGUIDA, consistente es que la niña: Omite., sea reincorporada al seno de su familia paterna, bajo la responsabilidad, cuido, crianza, manutención, guarda custodia de su padre ciudadano: JORGE LUIS ALÑVAREZ TORRES, quedando la madre facultada a acudir a los organismos correspondiente a los fines de ejercer sus derechos. Este mandamien.....